OBJETO DE RECLAMACIÓN
Las Normas de Gestión de la Calidad de la IGAE establecen que se podrán presentar quejas, denuncias o sugerencias referidas, exclusivamente, a
aquellos trabajos de auditoría pública y control financiero permanente que no se hayan realizado de conformidad con las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables, o a incumplimientos de las políticas y los procedimientos de la IGAE establecidos de acuerdo con la Norma Internacional de Gestión de la Calidad 1-ES-SP.
Solo se podrán presentar quejas, denuncias o sugerencias sobre trabajos desarrollados por la IGAE, ya sean realizados con medios propios o con la colaboración de auditores privados, así como en aquellos trabajos de auditoría que realice la IGAE en virtud de convenios y otros instrumentos jurídicos.
En este sentido, aunque la Norma Técnica del Sistema de Gestión de la calidad de la IGAE establece que será de aplicación a los trabajos de auditoría pública y control financiero permanente, la
Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, de 11 de enero de 2024, por la que se aprueba la citada norma establece en su Disposición final única que establece que, inicialmente,
solo se aplicará en el ámbito de la auditoría de cuentas.
La entrada en vigor de las NGC y la NTSGC-IGAE para los restantes trabajos de control financiero permanente y auditoría pública se producirá de manera sucesiva conforme se determine por el Interventor General de la Administración del Estado.
QUIENES PUEDEN FORMULAR QUEJAS, DENUNCIAS O SUGERENCIAS
Solo podrán presentar quejas, denuncias o sugerencias:
- Las personas de la IGAE incluidas en el ámbito subjetivo de las normas que regulan el cumplimiento de los requerimientos de ética e independencia en la IGAE.
- Quienes participen en las actividades del SGC de la IGAE.
- Las personas o proveedores de servicios (tanto de recursos tecnológicos, intelectuales y humanos) no dependientes de la IGAE que, mediante el oportuno instrumento jurídico que proceda, colaboren con esta en la realización de los trabajos de AP o CFP o en el SGC.
- Los destinatarios de los informes resultado de las actuaciones de auditoría pública de la IGAE.
- Terceros relacionados con la entidad controlada.
GARANTÍA DE CONFIDENCIALIDAD
Tal y como se establece en el apartado 93 de la NTSGC-IGAE, los datos personales facilitados por las personas que remitan la comunicación serán tratados por la Dirección de la ONA con la finalidad de recibir, investigar y resolver las quejas y denuncias, según indica el apartado 34 (c) de la NIGC 1-ES-SP, o en su caso, sugerencias, guardando total confidencialidad respecto de su identidad, de forma que la misma no será revelada durante la tramitación de la reclamación, salvo que la persona que remita la comunicación exprese lo contrario.
COMO PRESENTAR QUEJAS, DENUNCIAS O SUGERENCIAS
La presentación de quejas, denuncias o sugerencias se debe realizar completando el formulario indicado a continuación:
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FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS, DENUNCIAS O SUGERENCIAS
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PLAZO DE RESOLUCIÓN
Con carácter general, el plazo para resolver las quejas o sugerencias, e informar a la persona que remita la comunicación de las actuaciones realizadas es de 20 días hábiles.
Este plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona que remitió la comunicación para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia. El cómputo del plazo se reiniciará en momento en el que la persona que remitió la comunicación aporte las aclaraciones solicitadas o subsane los defectos del formulario de QDS.
Cuando existan circunstancias excepcionales, el citado plazo se podrá ampliar por el responsable de su resolución, de forma motivada y comunicada a la persona que envió la queja o sugerencia.
En el caso de las denuncias se aplicará el mismo criterio, para contestar a la persona que remitió la comunicación o enviar la información recibida al órgano competente para su tramitación.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos personales facilitados mediante el formulario serán tratados por la Dirección de la Oficina Nacional de Auditoría con la finalidad de la investigación de trabajos que no se hayan realizado de conformidad con las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables, o a incumplimiento de las políticas y los procedimientos de la IGAE establecidos de acuerdo con la INGC 1-ES-SP. Sus datos no serán comunicados a terceros. Podrá ejercer sus derechos ante el responsable del tratamiento. Para más información ver
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