Ir al contenido
Logotipo del Gobierno de España. Ministerio de Hacienda. Logotipo de la Intervención General de la Administración del Estado.
Administración Presupuestaria

Contabilidad nacional. Serie anual. Impuestos y cotizaciones sociales de las Administraciones públicas

El SEC define los impuestos como pagos obligatorios sin contrapartida, en efectivo o en especie, recaudados por las administraciones públicas o por las instituciones de la Unión Europea. En un primer nivel de desagregación, el SEC clasifica los impuestos en: impuestos sobre la producción y las importaciones (D.2); impuestos sobre la renta, patrimonio, etc. (D.5); impuestos sobre el capital (D.91).

Las cotizaciones sociales se definen como las cotizaciones efectivas o imputadas que pagan los hogares a los sistemas de seguros sociales con el fin de asegurar el pago de prestaciones sociales. Las cotizaciones sociales comprenden: cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores (D.611); cotizaciones sociales imputadas a cargo de los empleadores (D.612); cotizaciones sociales efectivas a cargo de los hogares (D.613).

En esta tabla se presentan los ingresos por impuestos y cotizaciones sociales, detallados por impuesto y cotización social, que son recurso de cada uno de los subsectores del sector administraciones públicas (administración central, regional, local y fondos de seguridad social).