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Administración Presupuestaria

Clasificación funcional del gasto de las Administraciones Públicas (COFOG)

Informe Metodológico Estandarizado

  • 1. Contacto
    • 1.1 Organización de contacto
      • Intervención General de la Administración del Estado
    • 1.2 Unidad de contacto
      • Oficina Nacional de Contabilidad
    • 1.5 Dirección postal de contacto
      • Mateo Inurria 15, 28036 Madrid
  • 2. Actualización de metadatos
    • 2.1 Última validación de metadatos
      • 26/02/2021
    • 2.2 Última difusión de metadatos
      • 12/03/2021
    • 2.3 Última actualización de metadatos
      • 30/11/2022
  • 3. Presentación estadística
    • 3.1 Descripción de los datos
      • El gasto de la administración pública por funciones según la clasificación COFOG por sus siglas en inglés (clasificación revisada en 1999, desarrollada por la OCDE y publicada por Naciones Unidas) está incorporada en el Programa de Transmisiones SEC 2010.

        La COFOG clasifica los gastos del sector administraciones públicas, y de sus subsectores, registrados en las operaciones establecidas en el SEC de acuerdo con la finalidad para la que se utilizan. Es una clasificación cruzada de las operaciones de gasto por naturaleza económica y por funciones. Es un importante instrumento de análisis del gasto público, especialmente útil para las comparaciones internacionales en la medida en que las administraciones desempeñan funciones económicas y sociales.

    • 3.2 Sistemas de clasificación
      • Los sistemas de clasificación utilizados son los establecidos en el SEC 2010:
      • Sector administraciones públicas, y sus subsectores, establecido en el SEC 2010:
        • S.13 Administraciones públicas
          • S.1311 Administración central
          • S.1312 Administración regional
          • S.1313 Administración local
          • S.1314 Fondos de la seguridad social
      • Clasificación económica de las operaciones de gasto establecidas en el SEC 2010:
        • D.1 Remuneración de asalariados
        • P.2 Consumos intermedios
        • D.29 Otros impuestos sobre la producción
        • D.3 Subvenciones
        • D.4 Rentas de la propiedad
        • D.51 Impuestos sobre la renta
        • D.62 Prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie
        • D.632 Transferencias sociales en especie: producción adquirida en el mercado
        • D.7 Otras transferencias corrientes
        • P.5 Formación bruta de capital
        • NP Adquisiciones menos cesiones de activos no producidos
        • D.9 Transferencias de capital, a pagar
      • Clasificación COFOG de Naciones Unidas. Presenta tres niveles de clasificación: divisiones, grupos y clases. Las divisiones, que a su vez se dividen en grupos, son las siguientes:
        • 01 - Servicios públicos generales
        • 02 - Defensa
        • 03 - Servicios públicos generales
        • 04 - Asuntos económicos
        • 05 - Protección del medio ambiente
        • 06 - Vivienda y servicios comunitarios
        • 07 - Salud
        • 08 - Ocio, cultura y religión
        • 09 - Educación
        • 10 - Protección social
    • 3.3 Cobertura por sectores
      • La información cubre el sector administraciones públicas. El SEC 2010 define este sector como el conjunto de unidades institucionales que son productores no de mercado cuya producción se destina al consumo individual o colectivo, que se financian mediante pagos obligatorios efectuados por unidades pertenecientes a otros sectores y que efectúan operaciones de redistribución de la renta y de la riqueza nacional.
    • 3.4 Conceptos y definiciones estadísticos
      • Los conceptos y definiciones relativos a operaciones económicas se encuentran recogidos en el SEC 2010
    • 3.5 Unidad estadística
      • La unidad estadística es la unidad institucional tal y como se define en el SEC 2010. En esta operación se consideran las unidades institucionales clasificadas en el sector administraciones públicas y sus subsectores.

        Los ejemplos que cita el SEC como unidades institucionales incluidas en el sector S.13 son los siguientes:

        a) las unidades de las administraciones públicas creadas legalmente con objeto de ejercer una autoridad judicial sobre otras unidades en el territorio económico, y administrar y financiar una serie de actividades, principalmente suministrando a la colectividad bienes y servicios no de mercado;

        b) una institución o cuasisociedad de las administraciones públicas, si su producción es principalmente no de mercado y está controlada por una unidad de las administraciones públicas;

        c) las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica que son productores no de mercado y están controladas por las administraciones públicas;

        d) los fondos de pensiones autónomos, en caso de tener una obligación legal de contribución, y cuando las administraciones públicas gestionan los fondos en lo que respecta a la fijación y aprobación de las cotizaciones y las prestaciones.

    • 3.6 Población estadística
      • La población objetivo es el sector administraciones públicas y sus subsectores.
    • 3.7 Ambito geográfico
      • Nacional.
    • 3.8 Cobertura temporal
      • La serie cubre el periodo 1995-2021.
    • 3.9 Período base
      • No aplicable.
  • 4. Unidad de medida
    • 4.1 Unidad de medida
      • Los datos se miden en millones de euros.
  • 5. Período de referencia
    • 5.1 Período de referencia
      • El periodo de referencia es el año natural.
  • 6. Mandato institucional
    • 6.1 Actos jurídicos y otros acuerdos
      • La recogida, tratamiento y difusión de los datos de las operaciones estadísticas para fines estatales se rige por lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio. En la LFEP se establece que el Plan Estadístico Nacional es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración del Estado y contiene las estadísticas que han de elaborarse en el cuatrienio por los servicios de la Administración del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de ella. Todas las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son estadísticas para fines estatales y de cumplimentación obligatoria. Esta operación es una estadística para fines estatales y está incluida en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024.

        La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP) en su artículo 125.2 g) dispone: La Intervención General de la Administración del Estado es el centro gestor de la contabilidad pública, al que compete elaborar las cuentas nacionales de las unidades que componen el sector de las Administraciones públicas, de acuerdo a los criterios de delimitación institucional e imputación de operaciones establecidos en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales. Además, en su artículo 133 establece: A efectos de lo dispuesto en los párrafos g), h) e i) del apartado 2 del artículo 125, las unidades públicas estarán obligadas a proporcionar la colaboración e información necesaria para la elaboración de las cuentas Económicas del sector público y cuanta información, en el ámbito de la contabilidad nacional de las unidades públicas, sea fijada por la normativa interna y comunitaria.

        La elaboración y transmisión del Gasto de las administraciones públicas por funciones está establecida en el Anexo B del Reglamento (UE) n ° 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea.

    • 6.2 Reparto de datos
      • Los intercambios de datos entre los servicios estadísticos del Estado (INE, departamentos ministeriales, organismos autónomos y entidades públicas de la Administración del Estado), así como entre estos y los servicios estadísticos de las Comunidades Autónomas para el desarrollo de las estadísticas a ellos encomendadas se regulan en la LFEP. La LFEP establece, también, los mecanismos de coordinación estadística entre administraciones, así como la celebración de acuerdos de cooperación cuando ello se considere oportuno
  • 7. Confidencialidad
    • 7.1 Política de confidencialidad
      • La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública obliga a la IGAE como servicio estadístico a no difundir en ningún caso los datos personales cualquiera que sea su origen. Se entiende que son datos personales los referentes a personas físicas o jurídicas que o bien permitan la identificación inmediata de los interesados, o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a la identificación indirecta de los mismos.

        Del mismo modo, el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea establece la necesidad de establecer principios y orientaciones comunes que garanticen la confidencialidad de los datos utilizados para elaborar estadísticas europeas y el acceso a esos datos confidenciales, habida cuenta del progreso técnico y de las necesidades de los usuarios en una sociedad democrática.

    • 7.2 Tratamiento de datos confidenciales
      • Los datos se tratan de forma confidencial durante el proceso de recogida y validación hasta su publicación.

        Además, conviene señalar que la Clasificación funcional del gasto de las administraciones públicas es una estadística de síntesis en la que los datos personales, en este caso referentes a personas jurídicas, utilizados se presentan agregados en sectores o subsectores de las administraciones públicas, hecho que impide la identificación de la información asociada a unidades individuales.

  • 8. Política de difusión
    • 8.1 Calendario de difusión
      • El calendario de fechas de difusión de las estadísticas se publica en el mes de enero en la página web de la IGAE.
    • 8.2 Acceso al calendario de difusión
    • 8.3 Acceso al usuario
      • La difusión de esta estadística es la misma para todos los usuarios, en el momento de su publicación.

        No obstante, los datos recogidos en la Clasificación funcional del gasto de las administraciones públicas se proporcionan previamente a su publicación, bajo embargo, al Instituto Nacional de Estadística para la incorporación de esta información en la Contabilidad Nacional Anual de España y a Eurostat para su validación.

  • 9. Frecuencia de la difusión
    • 9.1 Frecuencia de la difusión
      • Anual.
  • 10. Accesibilidad y claridad
  • 11. Gestión de calidad
    • 11.1 Garantía de calidad
      • Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas.
    • 11.2 Evaluación de calidad
      • Anualmente, al transmitir esta información en el marco del Programa de Transmisiones del SEC 2010, Eurostat evalúa la coherencia, consistencia y viabilidad de los datos transmitidos. En este proceso, se remiten aclaraciones a la evolución de los datos cuando son requeridas.

        Eurostat en las Visitas Diálogo que realiza a los Estados miembros revisa los datos de las estadísticas de las finanzas públicas.

  • 12. Relevancia
    • 12.1 Necesidades del usuario
      • En general, los principales usuarios de esta estadística son analistas institucionales sobre determinadas finalidades del gasto público, tendencias y comparación entre países (ECOFIN y diversos servicios de la Comisión, OCDE, etc.).
    • 12.2 Satisfacción del usuario
      • No disponible.
    • 12.3 Exhaustividad
      • Esta operación cumple los requisitos obligatorios exigidos en el Programa de Transmisiones SEC 2010 (clasificación del gasto por divisiones para todos los subsectores y por grupos para el total del sector administraciones públicas) y voluntarios (clasificación del gasto por grupos COFOG para todos los subsectores).

        Además, se publica la clasificación del gasto por divisiones COFOG por comunidad autónoma.

  • 13. Acuracidad y fiabilidad
    • 13.1 Acuracidad global
      • No aplicable.
    • 13.2 Errores de muestreo
      • No aplicable.
    • 13.3 Errores ajenos al muestreo
      • No aplicable.
  • 14. Oportunidad y puntualidad
    • 14.1 Oportunidad
      • La transmisión obligatoria de esta operación es t+12 meses después del año de referencia. En t+12 la información del año t es provisional. En t+24 los datos son definitivos.
    • 14.2 Puntualidad
      • La IGAE publica esta estadística en la fecha establecida en el calendario, aproximadamente un mes antes del plazo fijado en el Programa de Transmisiones.
  • 15. Coherencia y Comparabilidad
    • 15.1 Comparabilidad geográfica
      • La comparabilidad geográfica de esta estadística es con otros países. Las operaciones económicas se registran de acuerdo con el SEC 2010 lo que asegura un alto grado de comparabilidad.
    • 15.2 Comparabilidad temporal
      • La serie de esta estadística es comparable en el tiempo, dado que el SEC 2010, y en particular el Programa de Transmisiones de este Reglamento, exige la homogeneidad desde 1995 (el detalle por grupos COFOG por subsectores es obligatorio desde 2001, aunque en España se publican desde 1995).
    • 15.3 Coherencia - cruce de sectores
      • Los datos de las operaciones económicas recogidos en esta estadística son consistentes con los registrados en todas las estadísticas de finanzas públicas y PDE.
    • 15.4 Coherencia - interna
      • Actualmente está asegurada.
  • 16. Costes y carga
    • 16.1 Costes y carga
      • Los costes asociados a la producción de esta estadística se estiman en 166,00 miles de euros, previstos en el Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
  • 17. Revisión de datos
    • 17.1 Revisión de datos - Política
      • La política general de revisión de datos relativos a las Estadísticas de las Finanzas Públicas de la IGAE es revisar los datos publicados correspondientes al año t hasta el último trimestre del año t+2, año en que los datos incorporados en la información estadística tienen el carácter de definitivos.
    • 17.2 Revisión de datos - Práctica
      • En esta operación estadística, los datos del año t, publicados en t+12 meses, son provisionales. Los publicados en t+24 tienen el carácter de definitivos.
  • 18. Tratamiento estadístico
    • 18.1 Datos de origen
      • Las fuentes de información utilizadas para la elaboración de esta operación estadística son datos administrativos e información económico-financiera de las empresas públicas clasificadas en el sector administraciones públicas.

        La información cubre el total de unidades clasificadas en el sector administraciones públicas tal y como se define en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC 2010). En particular, los datos de origen utilizados son la información contable y presupuestaria del Estado y la Seguridad Social; cuestionarios normalizados relativos a la información presupuestaria e información contable y extrapresupuestaria de cada administración autonómica y local; estados contables (balances y cuentas de pérdidas y ganancias) de las unidades no sometidas al presupuesto, pero incluidas en el sector administraciones públicas (S.13); y la Cuenta General de cada administración, comprensiva de toda la información presupuestaria y contable realizada durante el ejercicio.

    • 18.2 Frecuencia de la recogida de datos
      • Anual.
    • 18.3 Recogida de datos
      • Los datos administrativos relativos al Estado están centralizados en el Sistema de Información Contable (SIC) y los de la Seguridad Social en el Sistema de Información Contable de la Seguridad Social (SICOSS). Para el resto de unidades que se incluyen en el sector público estatal (sector público estatal y fundacional), la información económico-financiera se encuentra disponible en la aplicación CICEP.red que incluye las cuentas anuales, informe de auditoría, estados financieros intermedios, etc. La información económico-financiera necesaria para esta operación estadística cumplimentada por las Comunidades Autónomas está recogida en la Central de Información de Comunidades Autónomas (CIMCA) y la relativa a Corporaciones Locales en SICEL (Sistema de Información Contable de Entidades Locales). Por último, se dispone de la Cuenta General de cada administración, comprensiva de toda la información presupuestaria y contable realizada durante el ejercicio.
    • 18.4 Validación de datos
      • El proceso de validación consiste en verificaciones aritméticas y coherencia con la información relativa al sector administraciones públicas proporcionada en el marco de las Estadísticas de las Finanzas Públicas.
    • 18.5 Compilación de datos
      • Los trabajos a realizar para la elaboración de esta operación estadística varían en función de dos tipos de unidades, las sometidas a presupuesto limitativo y contabilidad pública, y las que están sometidas al Plan General de Contabilidad de empresa (privado). En el primer grupo, la asignación del gasto de estas unidades a los diferentes grupos COFOG parte de la elaboración de las operaciones de gasto de acuerdo con la metodología establecida en el SEC, a partir de la clasificación económica del presupuesto de gastos. La estructura funcional y de programas del presupuesto señala las finalidades y objetivos a alcanzar con los recursos presupuestarios asignados a los centros gestores de gastos. Los programas de gasto de las Liquidaciones del Presupuesto se analizan individualmente con objeto de conocer su finalidad, para su asignación al correspondiente grupo COFOG.

        En el caso de unidades sometidas al Plan General de Contabilidad de empresa, la clasificación funcional se realiza atendiendo a su actividad principal, definida en sus estatutos y memorias. No obstante, en aquellas unidades que realizan varias actividades claramente diferenciadas (por ejemplo, en el caso de empresas públicas que promueven infraestructuras públicas tanto en educación como en transporte), la asignación del gasto a distintos grupos COFOG se realiza según se deduzca de la información contenida en las memorias.

        Por último, se analiza la unidad de contrapartida del gasto en las operaciones intereses, transferencias corrientes y transferencias de capital, de forma que en el sector S.13 cada operación es la suma de los datos de cada subsector, excepto para las citadas operaciones que se consolidan entre subsectores.

    • 18.6 Ajuste
      • No se realizan ajustes.
  • 19. Observaciones
    • 19.1 Observaciones