El REPERTE tiene como finalidad garantizar la información pública de todas las entidades vinculadas al desarrollo de un PERTE, independientemente de su naturaleza jurídica pública o privada y de su forma de constitución, regulándose en los artículos 9, 10 y 11 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, así como en Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo.
ACCESO A LA APLICACIÓN
NOTA ACLARATORIA:Nota aclaratoria REPERTE.pdf
RÉGIMEN TRANSITORIO:En cumplimiento de la disposición transitoria de dicha orden, está disponible en la oficina virtual,
formatos de intercambio, el fichero con la estructura y formato, para el envío, por los órganos competentes de los ministerios, de las entidades acreditadas en los PERTES.