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Administración Presupuestaria

Avance de liquidación del presupuesto. Organismos

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece en el artículo 37.2 que al proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado se acompañará como documentación complementaria un avance de la liquidación del ejercicio corriente. La Intervención General de la Administración del Estado elabora esta publicación en cumplimiento del citado artículo, diferenciando entre el avance de la liquidación del Presupuesto de la AGE y el de los Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros Organismos Públicos con créditos de su presupuesto de gastos de carácter limitativo.